ENSAYO
LICENCIAS POR CUIDADO FAMILIAR Y LA REPRODUCCIÓN DE ROLES DE GÉNERO: EL CASO DE ARGENTINA
FAMILY CARE LEAVE AND THE REPRODUCTION OF GENDER ROLES: THE CASE OF ARGENTINA
LICENÇA PARA O CUIDADO DA FAMÍLIA E A REPRODUÇÃO DOS PAPÉIS DE GÊNERO: O CASO DA ARGENTINA
Puriq
Universidad Nacional Autónoma de Huanta, Perú
ISSN: 2664-4029
ISSN-e: 2707-3602
Periodicidad: Continua
vol. 4, e420, 2022
Recepción: 10 Agosto 2022
Aprobación: 16 Noviembre 2022
Publicación: 02 Diciembre 2022
Autor de correspondencia: paola.bonavitta@gmail.com
CITAR COMO: Bonavitta, P., & Bard-Wigdor, G. (2022). Licencias por Cuidado Familiar y la Reproducción de Roles de Género: El Caso de Argentina. Puriq, 4, e420. https://doi.org/10.37073/puriq.4.420
Resumen: Las licencias parentales son políticas públicas dirigidas a balancear las tareas de crianza con el empleo formal y se consideran parte de las políticas dirigidas a regular e intervenir sobre los trabajos del cuidado que pesan mayoritariamente sobre las mujeres. Este artículo aborda, desde una metodología ensayística, las desiguales condiciones en la distribución de los cuidados en Argentina a partir del análisis de las licencias actuales por paternidad y los debates en torno a las masculinidades hegemónicas. Asimismo, hace hincapié en el reciente proyecto para un Sistema Integral de Cuidados propuesto en Argentina, el cual haría una diferencia en las políticas y prácticas culturales patriarcales, distribuyendo los trabajos de cuidado y fomentando la equidad de género.
Palabras clave: Trabajos de cuidados, licencias de paternidad, masculinidad hegemónica, feminismos.
Abstract: Parental leaves are public policies aimed at balancing parenting tasks with formal employment and are considered part of the policies aimed at regulating and intervening in the care work that mostly weighs on women. This article addresses, from an essayistic methodology, the unequal conditions in the distribution of care in Argentina by analyzing current paternity leaves and the debates on hegemonic masculinities. It also emphasizes the recent project for an Integral Care System proposed in Argentina, which would make a difference in patriarchal policies and cultural practices, distributing care work and promoting gender equity.
Keywords: Care work, paternity leave, hegemonic masculinity, feminisms.
Resumo: As licenças parentais são políticas públicas que visam equilibrar as tarefas de criação de filhos com o emprego formal e são consideradas parte das políticas que visam regular e intervir no trabalho de cuidado, que é realizado em sua maioria por mulheres. Este artigo aborda, a partir de uma metodologia ensaística, as condições desiguais na distribuição de cuidados na Argentina, analisando as atuais licenças de paternidade e os debates em torno das masculinidades hegemônicas. Também destaca o recente projeto para um Sistema de Cuidados Integral proposto na Argentina, que faria diferença nas políticas patriarcais e práticas culturais, distribuindo o trabalho de cuidado e promovendo a eqüidade de gênero.
Palavras-chave: Trabalho de cuidado, licença paternidade, masculinidade hegemônica, feminismos.
INTRODUCCIÓN
El presente ensayo nace del impulso que generó el 2 de abril de 2022, la discusión en Argentina sobre el anteproyecto de ley para la creación de un Sistema Integral de Cuidados (SIC) con perspectiva de género, que –según señalaron desde el Ministerio de Mujeres, Géneros y Diversidades de la Nación- apuntará a un mayor reconocimiento, redistribución, socialización y remuneración de los cuidados, así como a su jerarquización dentro y fuera de los hogares. Asimismo, en ese marco, se presentó un proyecto de ley para establecer licencias igualitarias por maternidad, paternidad, adopción y tratamientos de fertilización. Entre sus objetivos, buscarán comprender las diversas necesidades de las personas que brindan cuidados y de aquellas que los necesitan, de modo que la carga de este trabajo ya no recaiga exclusivamente en las mujeres e identidades feminizadas, y la responsabilidad sea de la sociedad en su conjunto, lo que incluye a las familias en toda su diversidad, comunidades y al Estado.
En ese sentido, el proyecto de ley entiende que los trabajos de cuidado son actividades constitutivas de la sociedad pues permiten el sostenimiento y reproducción de la vida, atraviesan a todas las personas, pero también al territorio, la naturaleza, en síntesis, todo ser vivo. Además, incluyen elementos materiales y emocionales e involucran el cuidado, el autocuidado y la gestión del cuidado (que se convierte en un cuidado indirecto). A pesar de su importancia, es una tarea invisibilizada, no se reconoce ni el tiempo, ni el esfuerzo, ni las competencias que involucran, así como tampoco se nota que generan valor económico (Pautassi, 2007 y 2018). De hecho, las feministas sostienen que son estos trabajos los que sostienen al sistema capitalista pues, tras la falsa idea de que se realizan por amor, son mal remunerados o directamente gratuitos y, sin embargo, permiten que el engranaje capitalista funcione cotidianamente, sosteniendo la acumulación y la reproducción del mismo, así como facilita que muchos varones crezcan profesionalmente o se desarrollen en posiciones de poder pues sus familias quedan a cargo del cuidado de una red de mujeres (madres, abuelas, tías, hermanas, vecinas, etc.).
Los feminismos, desde los años 70 vienen denunciando la “crisis de los cuidados” pero fue la pandemia del COVID-19 la que dejó expuesta la emergencia de regular los trabajos de cuidados, así como la necesidad de que estos se lleven a cabo para sostener la vida. Así también, quedó claro que la sostenibilidad de la vida depende del trabajo no remunerado de las mujeres, ya que estos suponen proveer alimentación, cuidar la salud en un sentido integral, sostener la educación, conseguir vivienda; así como el desarrollo de habilidades cognitivas, físicas o emocionales (England et al., 2002; Pautassi, 2020, 2018 y 2007; Rodríguez Enríquez, 2015 y 2005; Rico, 2016). Tal como señala Laura Pautassi (2020):
“Permiten sostener la vida en dos dimensiones: 1) física porque permite las actividades concretas vinculadas con la atención del cuerpo de las personas y sus necesidades de alimentación, salud, higiene personal, descanso; y (2) simbólica, porque el cuidado involucra un componente afectivo y emocional, que hacen al bienestar de las personas” (p.4).
Al estar realizados casi exclusivamente por mujeres, a partir de una división sexual del trabajo en el marco de este sistema patriarcal-capitalista, las mujeres suman dobles y triples jornadas laborales; esto es:
“el hecho de que las mujeres, aunque ya están insertas en el mercado laboral, siguen encargándose mayoritariamente de las responsabilidades domésticas y suman jornadas de trabajo (en el empleo y en el trabajo no remunerado). Es por ello por lo que diferentes estudios feministas han visibilizado que la manera en que las sociedades organizan la reproducción de la fuerza de trabajo se traduce en el deterioro de la calidad de vida de las mujeres” (Marco Navarro y Rodríguez Enríquez, 2010, p.12).
En Argentina, la Organización Social del Cuidado identifica que la manera en que se produce, distribuye y planifica los cuidados está desigualmente distribuida entre cuatro actores claves: las familias, el Estado, el mercado y las organizaciones comunitarias (Rodríguez Enríquez, 2015). En efecto, se encuentra injustamente socializada entre los cuatro actores mencionados y se sostiene sobre una disparidad entre el tiempo que invierten los varones y aquellos que brindan las mujeres (Rodríguez Enríquez, 2015). Esto último tiene que ver con la representación social sobre la supuesta capacidad natural de las mujeres para cuidar; idea construida sobre una base biologicista en el marco de un sistema heteropatriarcal y cisgénero. Este orden, se edifica sobre la capacidad física que las mujeres tienen de gestar, parir y amamantar como mandato de género, lo que fácilmente se asocia con una supuesta facilidad para cuidar, limpiar, preparar el alimento, etcétera. Esto, a su vez, tiene su correlato en las políticas públicas y sus diseños centrados en esta representación, lo que obtura el papel de los varones y de otros miembros de la sociedad para asumir una corresponsabilidad en los cuidados en general y en las crianzas en particular (Rodríguez Enríquez, 2015).
Esta situación se reproduce en el marco de los estudios científicos, donde el abordaje de los cuidados se centra en las mujeres y escasamente se analiza la participación de los varones y la corresponsabilidad de los mismos hacia el interior de las familias y de las comunidades. Por ende, nos preguntamos ¿qué sucede con el lugar de las masculinidades en relación a la sostenibilidad de la vida y, específicamente, las políticas públicas que los Estados generan y sostienen para acompañar las corresponsabilidades en torno a los mismos? ¿Las políticas públicas incluyen a las masculinidades o se continúa reforzando los roles de género en la división sexual del cuidado? Desde las reglamentaciones y leyes vigentes ¿se refuerza la feminización de los cuidados? Y finalmente, la nueva propuesta de un Sistema Integral de Cuidado en Argentina ¿supone avances en materia de derechos?
MATERIALES Y MÉTODOS
El objetivo de este ensayo es reflexionar sobre las modificaciones propuestas en la distribución de los cuidados desde el proyecto de Ley “Sistema Integral de Cuidados” (SIC) en Argentina. Para ello, tendremos en cuenta la división sexual del trabajo, la crisis de los cuidados y su repercusión en los cuerpos de las mujeres. Especialmente, abordaremos el papel de las masculinidades, poniendo especial atención en las disputas de sentido que subyacen en relación con el orden de género y de la división sexual del trabajo.
A los fines de cumplir con este objetivo, presentamos un ensayo sobre las reglamentaciones vigentes en torno a las licencias por maternidad, paternidad y su regulación en Argentina, así como también el lugar que se les da a las masculinidades en las políticas en torno a los cuidados. El foco se coloca en un recorrido analítico sobre la ley de licencias por paternidad actual en Argentina y la propuesta de un nuevo Sistema Integral de Cuidados, desde una perspectiva feminista y des colonial que atiende al diálogo entre cuatro actores claves: Estado, mercado, comunidad y familias.
En efecto, el análisis que proponemos nace de la interpretación de datos emergentes en documentos y leyes, así como en debates de investigaciones previas que funcionan como antecedente de este ensayo (England et al., 2002; Pautassi, 2020, 2018 y 2007; Rodríguez Enríquez, 2015 y 2005; Rico, 2016). Asimismo, la experiencia de docencia, investigación y activismo militante de las autoras nos permite un enfoque situado y un modo de teorizar que no se excusa en el trabajo de campo para justificar su cientificidad, sino que pretende dar razones a lo que expone con descripciones detalladas de la problemática, especialmente tomando aspectos controversiales en los feminismos (Benzecry, Krause y Reed, 2019).
Sin embargo, también disponemos de datos de trabajos de campo previos, ya que las autoras producen conocimiento desde la investigación acción feminista y popular, lo que supone un proceso de producción de conocimiento con otros/as atento a la dimensión sensitiva, temporal y espacial, con énfasis en el carácter situado de los saberes tanto geográfica como históricamente. Concretamente, el ensayo es parte de la experiencia de trabajo con varones y mujeres en talleres de educación popular feminista con enfoque de género en Córdoba (Argentina), así como de la lectura y debate sistemático de bibliografía sobre las categorías de análisis involucradas en este trabajo. Además, nos enriquece el diálogo con los principales referentes en el tema, la recuperación de textos científicos vinculados al tema, datos de las redes sociales y escritos del activismo feminista argentino. De manera que nos nutrimos del análisis documental y de la exploración de bibliografía existente sobre el tema, así como también de las experiencias de investigaciones previas de las autoras para generar un enfoque reflexivo-evaluativo, desde donde se analizaran las contribuciones del SIC para la redistribución de las tareas de cuidado entre los cuatro actores mencionados anteriormente.
EL LUGAR DE LAS MASCULINIDADES
Sobre la crianza de niñeces, en Argentina, según datos de Cippec (2020), en los primeros tres años de vida de crecimiento de los/as hijos/as, aumentan las horas de trabajo no remunerado de quiene ofician de madres: ellas dedican más de 9 horas al día al cuidado, frente a las 4,5 horas que dedican los hombres, ya sean padres, hermanos o masculinidades relacionadas al entorno de las niñeces. Un dato a resaltar es que la dedicación al cuidado no varía con la situación laboral de los hombres que paternan: ellos realizan la misma cantidad de horas de trabajo de cuidado y doméstico tanto si están desocupados como si trabajan más de 45 horas por semana (Cippec, 2020). Paradójicamente, en un hogar con un padre desocupado, las mujeres que tienen un empleo a tiempo completo dedican más horas de cuidado al día que que cuando el varón sostiene un empleo (Cippec, 2020).
Además, el 62% de los padres participan en el cuidado y las tareas del hogar no remunerados, mientras que el 66% de los que no son padres lo hacen. El 28% de los padres participa en el cuidado de niños/as mayores o adultos/as, en comparación con el 45% de las madres (Cippec, 2018). Es decir, los varones sin niñeces a cargo ocupan más tiempo en las tareas de cuidado que quienes son padres. En cuanto a las mujeres, alrededor del 90% participa en estas tareas, independientemente de tener hijos/as (Cippec, 2018). Advertimos entonces, que la distribución de los cuidados es injusta y generizada. Mientras que el 89% de las mujeres dedica tiempo al cuidado, sólo el 58% de los varones lo hace, y estos últimos acceden a más y a mejores empleos que las primeras debido al impacto que tiene en la vida de las mujeres el no disponer de tiempo para el mundo laboral, académico y ocioso.
En ese sentido, las cifras que expone el Cippec (2018) se vinculan con las barreras culturales, sociales y económicas que existen en el sistema capitalista patriarcal, donde se sitúa a las mujeres como guardianas del espacio privado e íntimo desde una lectura biologicista, donde se esencializan a las mujeres en la protección de los/as otros/as. De esta manera, se construyen estereotipos en torno a qué es ser mujer y que es ser hombre, los cuales se expresan en representaciones, distribución de espacios, tareas y derechos que son desiguales entre los géneros, las clases y los cuerpos marcados racialmente.
Al respecto, Nancy Fraser (1997) involucra dos posibles “modelos” de respuesta a la desigual distribución de los cuidados:
“Un primer modelo ha consistido en universalizar el de proveedor/a para democratizar también el rol tradicional de “sostén familiar” y poder distribuir también los trabajos productivos entre géneros. Un segundo modelo tiene que ver con fomentar el trato igualitario de los roles cuidador y proveedor, articulando medidas que hagan viable la asunción del papel de cuidador por parte de varones y mujeres, compensando los “costes” que la dedicación a los cuidados pueda llevar consigo desde el punto de vista laboral, económico y del bienestar” (p.14).
A estos dos modelos, le agrega que deberían sumarse (para que efectivamente haya una división igualitaria de los cuidados) siete principios normativos: “antipobreza, anti explotación, igualdad de tiempo libre, igualdad de respeto, anti marginación y anti androcentrismo” (Fraser, 1997). Y, aun así, no puede comprobarse que efectivamente los cuidados se distribuyan equitativamente.
Por otro lado, el tiempo que los varones dedican a sus hijas e hijos, repercute en sus vidas adultas. Según Stéfano Barbero (2019), quien realizó una investigación que vincula paternidad y género, la violencia patriarcal no solo es destructiva, sino que productiva, es decir, produce sujetos violentos y relaciones de desigualdad en todos los ámbitos de la vida social. Da cuenta de que existe una relación no causal, pero si condicionante, entre una niñez con padres abusivos y una adultez con una paternidad violenta. Es decir, el problema de la violencia de género puede vincularse con una infancia afectada por las violencias adulto céntricas y patriarcales. En efecto, “los muchachos socializados para convertirse en patriarcas están siendo abusados” dice bell hooks (2004, p.154 en Barbero, 2019, p.3) y nos conduce a pensar sobre las relaciones de poder, pero no solo el poder en las relaciones interpersonales sino estructurales. Las/os niñas/os nacen en y desde una estructura desigual que va a condicionar la posición que ocupen a lo largo de su vida en relación a los cuidados, el amor, el empleo, etc.
En ese sentido, la pregunta es cómo inducir a los varones a desarmar socializaciones en la violencia y el desapego para que compartan las tareas de cuidados y efectivamente puedan acompañar el sostén de la vida. En efecto, más allá de que es importante la intervención estatal y también la del mercado, incentivando la participación activa de los varones en los cuidados y crianzas a través de políticas diversas, necesitamos idear estrategias para interpelar a la masculinidad hegemónica y construir maneras de ser hombres que rompa con la premisa que constituye el mandato patriarcal: “no seas bebé, no seas mujer y no seas marica” (Badinter, 1993).
Al respecto, entendemos que necesitamos colocar en el centro del debate que las personas necesariamente son interdependientes entre sí. Se trata entonces de repartir las tareas del hogar de formas equitativas porque la corresponsabilidad es la única manera de sostener la vida en un momento de crisis como el que estamos transitado a nivel global y luego de dos años de pandemia por el Covid-19, el cual puso en escena el valor y la importancia de los trabajos de cuidados para sostener y reproducir la vida cuando todo se detiene (Bard Wigdir y Bonavitta, 2021). La pandemia evidenció que son las familias y la comunidad los principales actores que hacen posible la vida y no el mercado, el cual apuntala relaciones de desigualdad con el consentimiento estatal. Como expresa Magario (2014, p.162):
“(…) las políticas sociales vigentes muestran grandes sesgos de género donde sigue prevaleciendo una matriz de división sexual del trabajo que asigna al varón la responsabilidad de ser el proveedor económico y jefe de familia, y a la mujer la responsable del mundo reproductivo y de cuidado”.
La lógica binaria de generización de las personas se refuerza con políticas públicas que siguen pensando en clave de esferas privadas y públicas, donde las mujeres y cuerpos feminizados son las que se ocupan del mundo de lo que el patriarcado considera no productivo: los cuidados, el hogar y la familia. Mientras, los varones siguen siendo representados en el mundo de lo púbico y político, totalmente desvinculados de los afectos, las responsabilidades de crianza y de sostenimiento de la vida comunitaria.
DISCUSIÓN
Los autores deben discutir los resultados y cómo pueden interpretarse desde la perspectiva de los estudios anteriores y de las hipótesis de trabajo. Los resultados y sus implicaciones deben discutirse en el contexto más amplio posible. También se pueden destacar las direcciones de investigación futuras.
Argentina: políticas públicas equitativas y con perspectiva de género
Comprendemos que “todas las políticas públicas son generizadas, ya que los objetivos, los contenidos y los métodos de trabajo se encuentran empapados de concepciones sobre los hombres y las mujeres y sobre lo masculino y lo femenino” (Maritano y Bonavitta, 2021). De esta manera, “analizar una política pública desde una mirada que contemple el enfoque de género aporta un punto de vista particular que permite comprender los procesos de cambio en las sociedades” (Maritano y Bonavitta, 2021) así como puede contribuir a desarmar las relaciones de género vigentes. Tarea urgente, ya que los trabajos de cuidado requieren ciertas competencias para poder desarrollarse y estas solo son transmitidas a las niñas desde muy pequeñas a través de la reproducción de roles y estereotipos de género. Mientras, a los niños no se les educa en el cuidado y los adultos se resisten a capacitarse, ya que “A fin de cuentas, la resistencia de los hombres por aprender a cuidar constituye una estrategia masculina establecida con el propósito de evitar entrar en el mundo de los cuidados” (Tobío y Denche, 1995).
En ese sentido, cuando pensamos en políticas públicas equitativas -o que al menos aspiren a ello-, estamos pensando en aquellas que reconozcan las necesidades diferenciadas entre géneros y que establezcan medidas de protección específicas para cada género. Esto supone un reto al Estado y a los gobiernos en general puesto que implica desarmar la discriminación existente en las prácticas habituales y considerar no sólo una búsqueda de la igualdad, sino también la diversidad que nos habita. En el caso específica de las paternidades, contemplar equilibrar las licencias permitirá reducir desigualdades, así como también igualar las oportunidades y posibilidades en sentido amplio entre varones y mujeres. Además, beneficiará a las infancias el hecho de compartir tiempo con sus padres y acercamiento emocional, así como nutrirse de los cuidados compartidos entre progenitores.
Además, según UNICEF (2020), los Estados pueden responder a la necesidad de protección de las infancias mediante:
“1) Licencias de maternidad, paternidad y parentales, definidas como permisos de ausencia del medio laboral relacionados con el nacimiento de un niño o una niña y para cuidar al recién nacido; y 2) Políticas de apoyo a la lactancia materna que se ofrecen en el lugar de trabajo para amamantar al niño o niña o extraer leche para alimentarlo en horas posteriores como, por ejemplo, descansos para la lactancia o regulación sobre salas de lactancia, entre otras (…). Asimismo, las Naciones Unidas establecen tres medidas que deben tomar los Estados para facilitar la paternidad compartida: 1) Guardería gratuita durante los dos primeros años; 2) Seis meses de baja por maternidad remunerada; y 3) el permiso de paternidad” (p. 3).
Sin embargo, en el caso de Argentina, la red de seguridad social se construyó sobre la relación laboral y salarial; en ese marco, las personas se piensan protegidas por las familias según el modelo nuclear de varón como proveedor único. Un modelo de Familia que es prácticamente inexistente, ya que el capitalismo en su fase actual no permite que una unidad doméstica sobreviva a partir de un único puesto asalariado y cada día es menos habitual que una cónyuge mujer permanezca en el hogar con la responsabilidad de atender las obligaciones domésticas (Marco Navarro y Rodríguez Enríquez, 2010, p.12).
En ese orden, las mujeres cada día han ocupado más espacio en el mundo laboral, pero esto no ha implicado la reorganización de los trabajos de cuidado, sino que han incrementado las cargas laborales para ellas. Por tanto, se continúa depositando en ese varón modelo la responsabilidad de la mayor provisión económica y el mantenimiento del hogar, mientras las tareas de limpieza, alimentación, cuidados de hijos/as, familiares, organización cotidiana y el empleo, recae como triple jornada en las mujeres. Por eso, las políticas públicas vigentes muestran sesgos de género y una matriz de división sexual del trabajo que no rompe con el modelo heteropatriarcal de familia. Por ejemplo, en la Argentina rige la Ley de Contrato de Trabajo 20.744, sancionada en 1974 durante la última dictadura militar, la cual establece 90 días de licencia por maternidad (en algunas provincias se extiende a 180 días en caso de empleadas provinciales) y dos días por paternidad. La licencia por paternidad queda a cargo del empleador. Además, “solo el 51% de las trabajadoras y el 47% de los trabajadores reciben licencias, ya que están restringidas a los trabajadores formales en relación de dependencia” (Cippec, 2018). Otro dato no menor es que solamente “el 47,5% de los trabajadores y el 51,1% de los padres o madres están cubiertos. Las familias amparadas tienen acceso a diferentes tipos de permisos, según el sector y la provincia en la que trabajan” (Cippec, 2018). Asimismo, en la Ley de Contrato de Trabajo actual tanto adoptantes como padres son dos figuras que están borradas en relación al cuidado. El modelo de concepción filial actual es marcadamente biologizada, por tanto, no se contempla de la misma manera una adopción que un nacimiento biológico, lo que conlleva un desdibujamiento de los derechos de las nuevas configuraciones familiares y desprotección social de las mismas.
Además, como venimos señalando, en Argentina sucede que existen dos grandes ejes relacionados con la normativa atinente a la articulación entre la vida laboral y la vida familiar:
“En un sentido, se concentra en las referencias al período de gestación, alumbramiento y lactancia, y en otro, estas disposiciones se refieren casi exclusivamente a los derechos de las mujeres, asumiendo su doble función de trabajadoras y madres, y casi nunca a los varones (cuya función como trabajadores parece partir del supuesto de que existe una mujer que cubrirá las necesidades de cuidado de sus hijos). Este supuesto que se encuentra implícito en todos los beneficios que se otorgan (licencias, acceso a servicios como guarderías, y otros) contribuye al sostenimiento del modelo familiar según el cual es a las mujeres a quienes competen las responsabilidades del cuidado familiar” (Marco Navarro y Rodríguez Enríquez, 2010, p.30).
La actual Ley de Contrato de Trabajo señala que las mujeres tienen derecho a la estabilidad en el empleo y a conservar su puesto de trabajo durante la gestación, además de una licencia materna por 90 días. Esta Ley también expresa que los maternales y guarderías se deben crear de acuerdo a la cantidad de trabajadoras; sin embargo, esta normativa no está reglamente y por ello carece de efectividad concreta. Cabe señalar que la Ley no incluye al padre como posible beneficiario de la licencia por nacimiento. Esto repercute en otras prácticas laborales que denuncian las mujeres en lo cotidiano: empresas que no quieren tomarlas frente a su deseo de maternar o porque son madres, se argumenta que cuando tienen niños/as menores se ausentarán del trabajo en caso de enfermedad y un sinnúmero de discriminaciones.
También, se configura en un problema que la Ley de Contrato de Trabajo establece 90 días de licencia por maternidad y solo dos días por paternidad. En los organismos estatales, la ley 25.164, que regula el empleo en la Administración Pública Nacional, establece una licencia de 100 días para la madre y 5 días hábiles para el padre. Algunas provincias, como es el caso de Córdoba, Tucumán, Corrientes y Chaco, extienden a 180 días las licencias por maternidad para trabajadoras provinciales mientras que Formosa, La Pampa y Salta otorgan 150 días. La licencia más extensa se goza en La Rioja, Santa Cruz y en Chubut, donde las madres pueden tomarse 210 días. Durante el período de lactancia (no podrá ser superior a un año posterior a la fecha del nacimiento) la madre tiene derecho a dos pausas diarias, de treinta minutos cada una, para amamantar a la niña o el niño.
En relación a las licencias por maternidad y paternidad, Argentina dista mucho de ser equitativa. “Sólo el 51% de las trabajadoras y el 47% de los trabajadores reciben licencias por maternidad y paternidad, ya que están restringidas a los trabajadores formales en relación de dependencia; es decir que monotributistas, autónomos y trabajadores informales son una deuda pendiente” (Cippec, 2018). Escenario de extrema preocupación porque la importancia de las licencias por maternidad, paternidad y familiares radica en que son las herramientas encargadas garantizar el derecho a cuidar de las familias y de las crianzas a ser cuidadas. Asimismo, permiten que se concilie la vida productiva con la reproductiva y que se equiparen las condiciones trabajo de ambos cuidadores. Por tanto, cuando las licencias se depositan solamente en la madre, el Estado está señalando que son ellas las principales cuidadoras sin disputar un cuidado compartido.
Por otra parte, en Argentina, otras políticas públicas que facilitan los trabajos de cuidado, además de las licencias por maternidad y paternidad, son los permisos para cuidar a los/as niños/as o para adultos/as enfermos/as o dependientes, el permiso por violencia de género (3 días, pero se puede renovar), los permisos para lactancia y para la hora de comer. También, el acceso al plan de atención materno-infantil de la Seguridad Social, la subvención para el acceso a guarderías y el subsidio por nacimiento, escuela o pañales. Estas políticas representan un compromiso estatal en última instancia con la sostenibilidad de la vida, pues, al comprender a los cuidados como un derecho humano fundamental, se reconoce la necesidad de cuidar a quienes lo efectúan.
Asimismo, encontramos políticas como la Asignación Universal por Hijo (AUH). Esta se trata de un monto mensual por hijo/a menores de 18 años, que, si bien es un gran avance en materia de derechos, sigue siendo una política feminizada porque las titulares son mayoritariamente mujeres, lo cual refuerza el maternalismo de la política pública, pues fortalece el lugar de las mujeres como cuidadoras. Además, registramos la Jubilación de Amas de Casa que es otra política destinada a las mujeres que han alcanzado la edad de jubilación (60 años) pero que no han cumplido con los 30 años de aportes esperados. El Estado reconoce su labor como trabajadoras domésticas en sus hogares y, por tanto, reconoce al trabajo de cuidado-reproductivo como un trabajo. Estas medidas estatales son aportes y avances del Estado argentino para dar cuenta de que los cuidados son trabajos que merecen reconocimiento material y simbólico, atacando la idea patriarcal sobre lo que se constituye en una tarea que merece reconocimiento social.
Cuidados universales y equitativos
En mayo de 2022 se propuso en la Argentina la creación de un Sistema Integral de Cuidados con perspectiva de Género (SINCA), el cual resulta novedoso no sólo por el impulso que se le da a una crianza corresponsable (entre otros cuidados que también son incluidos en la propuesta), sino también en la manera en la que fue gestada la iniciativa. La misma se denominó “Cuidar en Igualdad” y se creó a partir de una mesa de diálogo y de reflexión colectiva entre sectores diferentes: Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación, sindicatos, cámaras empresarias y diversas organizaciones (feministas y de la diversidad, de la discapacidad, de la niñez, de las personas mayores y de la economía popular y social). Este diálogo intersectorial e interactoral permitiría “potenciar la innovación pública a partir de la colaboración entre las instituciones, usuarios, ciudadanos, empresas, organizaciones de interés público y las organizaciones de la sociedad civil” (Sørensen y Torfing, 2011), a partir también de “activos que brindan otras posibilidades de creación de políticas públicas: visiones, experiencias concretas, nuevas ideas, la creatividad, el coraje, medios fiscales y la capacidad de ejecución; todos estos recursos generan nuevas formas de participar en procesos públicos de acción política” (Ansell y Torfing, 2014).
Desde este enfoque, la participación se incorpora en un proceso de gobierno más amplio que considera la complejidad, la diversidad y el dinamismo del entorno político, social y ambiental, “para asegurar la eficacia y la legitimidad de la política, la representatividad y la gobernabilidad democrática” (Zurbriggen y González Lago, 2020). Entendemos que este proyecto de Ley se crea como una política de diseño, puesto que, apuesta a la creatividad, a la interdisciplina y a la interrelación entre sectores diversos de la sociedad. Particularmente, en el caso de los cuidados, se vuelve imprescindible puesto que no hay otra manera de avanzar en políticas de cuidados equitativas si no es considerando la masculinidad como un actor a interpelar, así como la transformación de la mirada biologicista sobre la ma-paternidad con licencias por adopción, así como los tiempos destinados a cuidados de personas adultas o dependientes.
Igualmente, esta política resulta novedosa y esperanzadora ya que permite estipular licencias más amplias y apostar a un Estado interventor que regule la organización actual de los cuidados. Se trata, de una política de aplicación gradual, pensada a largo plazo y no sólo como una respuesta coyuntural a la demanda de la sociedad civil, aumentada durante la pandemia, donde se sintió la injusta distribución de los trabajos de cuidado. En efecto, el proyecto Cuidar en Igualdad, surge a partir de una fuerte presión de la sociedad civil y, sobre todo, del movimiento feminista por poner en el centro la crisis de los cuidados. Por eso, la necesaria regulación de los trabajos de cuidados aportaría y ampliaría los derechos de las personas cuidadoras, de las mujeres –ante todo- y también de quienes reciben los cuidados; además de apuntar directo al centro de las desigualdades entre los géneros. Por eso se propone ampliar derechos a las personas que trabajan, pero además reconocer a otros/as trabajadores/as como quienes son monotributistas sociales y propone que sea el Estado quien enfrente la inversión puesto que, cuando son los empleadores quienes deben garantizar las licencias, no siempre se llevan a cabo correctamente. No obstante, en caso de que el SIC se aplique, deberá ir acompañado de la aplicación de la Ley de Educación Sexual Integral puesto que no es suficiente con generar las licencias, sino que debemos corresponsabilizar efectivamente los cuidados en el espacio doméstico apuntando a los procesos de subjetivación de género:
“No sirve de nada ampliar los días de licencia si los varones siguen entendiendo que la alimentación o el cambio de pañal o no dormir por las noches son tareas de las madres o de las abuelas. Esta política pública representa un avance en materia de igualdad en los cuidados, no obstante, no es suficiente si no cambiamos las masculinidades hegemónicas y las construcciones tradicionales de un varón que provee y no propensa tiempo, cuidados y afectos” (Bonavitta, 2022, p.1).
REFLEXIONES FINALES
Los cuidados han sido abordados por las feministas marxistas con impulso desde los años setenta; no obstante, los estudios de las masculinidades aún deben abonar a pensar la temática. No se trata solamente de revisar las injusticias sobre los cuerpos de las mujeres, sino también de preguntarnos ¿qué hacen las masculinidades al respecto?
Como vimos, en Argentina están debilitadas las políticas públicas que apuesten por conciliar la vida laboral y familiar. Esto es así porque, en vez de pensar que son políticas públicas para los hogares, se han pensado y creado como políticas para las mujeres trabajadoras y la ampliación de sus derechos. De esta manera, se perpetúa el rol de cuidador a de las mujeres. De la misma manera, tampoco las políticas de conciliación de espacio doméstico y público incentivan e involucran a varones en los cuidados.
Pensar en un cuidado co-responsable y co-parental es urgente. No se trata de extender las licencias por paternidad y de crear licencias familiares únicamente. Se trata de educar en la igualdad, dando cuenta de que la crianza no es sólo responsabilidad femenina ni que debemos sobrecargar a los cuerpos de las mujeres, y que, mucho menos, debemos discriminarlas en los mercados de trabajo. Además, tradicionalmente se pensó de manera binaria la construcción de políticas públicas, sin tener en cuenta las diferentes y múltiples posibilidades de construir familias y comunidades de cuidado. Argentina cuesta con un importante número de familias monoparentales, ensambladas, homoparentales, que no se incluyen en el esquema actual de licencias.
“Sabemos que cuando un padre participa con una presencia comprometida y de calidad en el cuidado y crianza de sus hijos e hijas, hace una diferencia en su desarrollo psicosocial, mejorando indicadores académicos, socioafectivos, de autoestima y salud mental” (Bonavitta, 2022). Por lo tanto, como sociedad, nos debemos comprometer colectivamente en el fomento de cuidados compartidos, organizados, conscientes y que se enmarquen, asimismo, un análisis intersectorial de las políticas públicas. Políticas que deben leerse interseccional mente, incorporando la multiplicidad de familias posibles.
Argentina ha venido, durante los últimos años, incorporando y transversalizando la perspectiva de género. Sin dudas, debe incorporarse también a los procesos de diseño, implementación, gestión y evaluación de las políticas públicas vinculadas a la organización de los cuidados.
Finalmente, consideramos menester insistir en que las personas no somos propiedad privada y, por tanto, tampoco lo son los cuidados. “Es importante generar acuerdos hacia el interior de las familias, pero también hacia fuera, hacia la comunidad que necesita contemplar la sostenibilidad de la vida” (Bonavitta, 2022). Desde la educación popular y feminista, también debemos sensibilizar a los varones en torno a la sobrecarga de cuidados, con el fin de que dejen de abonar falsos biologicismos que sostienen que los cuidados son responsabilidades de mujeres. El compromiso es absolutamente universal: no obstante, seguramente, nos llegarán otras discusiones en torno a los modelos de trabajadores ideales y también sobre el mundo del trabajo actual. Pero es necesario, por ahora, la apuesta por un sistema integral de cuidados que contemple la crisis en la sostenibilidad de la vida.
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
Ansell, C. y Torfing J. (Eds.). (2014). Public Innovation through Collaboration and Design. Nueva York: Routledge and Design. Nueva York: Routledge.
Badinter, E. (1993) XY. La identidad masculina. Madrid: Alianza Editorial, Madrid.
Bard Wigdor, G. y Bonavitta, P. (2022) “Pensar cómo pensamos el problema: Abordaje de las masculinidades desde los feminismos de Nuestra América”. La Rivada: Investigaciones en Ciencias sociales. México. En prensa.
Bard Wigdor, G. (2022) “La cárcel masculina y la Educación popular feminista”. Revista Ardea. Villa María. https://bit.ly/NewsletterArdeaN62
Barbero, S. (2019) “¿De tal palo…? Parentalidad, género y violencia en la infancia de los hombres que han ejercido violencia contra sus parejas”. Encrucijadas. 18.
Bonavitta, P. (2022) “Sin trabajos de cuidado, no hay vida posible”. Revista La Tinta. Disponible en: https://latinta.com.ar/2022/05/trabajos-cuidado-vida-posible/
Benzecry, E., Krause, M., y Reed, I. (2019). La teoría social ahora: Nuevas corrientes, nuevas discusiones. Buenos Aires, Argentina: Siglo XXI editores.
Cippec. (2020) Las políticas de cuidado en Argentina. Avances y desafíos. https://www.cippec.org/publicacion/las-politicas-de-cuidado-en-argentina-avances-y-desafios/.
Cippec. (2018) La diferencia entre licencias por maternidad y paternidad refuerza la idea de que las mujeres se ocupan del cuidado. Disponible en https://www.cippec.org/textual/la-diferencia-entre-licencias-por-maternidad-y-paternidad-refuerza-la-idea-de-que-las-mujeres-se-ocupan-del-cuidado/.
England, P. et al (2002). Wages of Virtue: The Relative Pay of Care Work. Social Problems, 49(4), 455-473.
Fraser, N. (1997) Justice interruptus: critical reflections on the “postsocialist” condition. London/New York: Routledge.
Goldberg, B. (2020) Licencia de paternidad en América Latina: un camino largo por recorrer. Distintas Latitudes. Disponible en: https://distintaslatitudes.net/historias/reportaje/licencia-paternidad-america-latina.
Genolet, A., Carmody, C., Lauphan, W., Guerriera, L. (2016). Avances y desafíos de la AUH. Una mirada desde el género y la perspectiva de derechos, CdyT-Suplemento, 6(6).
Guzmán, V. y Montaño, S. (2012). Políticas públicas e institucionalidad de género en América Latina (1985-2010). Santiago de Chile: CEPAL.
Guzmán, V. (2018) “Análisis comparado de legislación, políticas públicas e instituciones orientadas hacia el logro de la igualdad de géneros”. Programa Regional de Formación en Género y Políticas Públicas (PRIGEPP).
Hartmann, H. (1985) El infeliz matrimonio entre marxismo y feminismo: hacia una unión más progresista. Teoría y Política, (12-13), 5-29.
Magario, M. (2014) Los programas sociales de Argentina en la última década: una mirada a la ceguera de género, Revista Perspectivas de Políticas Públicas. 4(7), 155-184.
Maritano, O. y Bonavitta, P. (2021) Análisis comparado de legislación, políticas públicas e instituciones orientadas hacia el logro de la equidad de género. Aposta: Revista de ciencias sociales, Nº.88, 2021, págs. 158-168
Marco Navarro, F. y Rodríguez Enríquez, C. (2010) “Pasos hacia un marco conceptual para el cuidado”. En S. Montaño et al. (Coord.) El cuidado en acción. Entre el derecho y el trabajo. Santiago: CEPAL.
Murillo, S. (1995) “Espacio doméstico: el uso del tiempo”. En C. Tobío y C. Denche (eds.): El espacio según el género, ¿un uso diferencial? Madrid: DGM.
Pautassi, L. (2020) “La centralidad del derecho al cuidado en la crisis del COVID-19 en América Latín”; Pontificia Universidad Católica del Perú; Ius et Veritas: 61: 12: 78-93
Pautassi, L. (2018) El cuidado: de cuestión problematizada a derecho. Un recorrido estratégico, una agenda en construcción. En: ONU Mujeres (ed.), El trabajo de cuidados: una cuestión de derechos humanos y políticas públicas (pp. 178-191). México: ONU Mujeres.
Pautassi L.(2013) El trabajo de cuidar y el derecho al cuidado, ¿Círculos concéntricos de la política social? Revista Cátedra Paralela. 10; 11-2013; 65-92
Pautassi L. (2007) El cuidado como cuestión social desde un enfoque de derechos. Serie Mujer y Desarrollo, (87), Comisión Económica para América Latina y el Caribe.
Pautassi, L et al (2011). Sistema previsional en Argentina y equidad de género. Situación actual (2003-2010) y perspectivas futuras. Buenos Aires: ELA.
Rico, N. (2016) Políticas de cuidado en América Latina: forjando la igualdad CEPAL. Santiago: ONU
Rodríguez Enríquez, C. (2015) El trabajo de cuidado no remunerado en Argentina. Un análisis desde la evidencia del módulo de Trabajo no Remunerado. Buenos Aires: ELA-CIEPP-ADC.
Rodríguez Enríquez, C. (2005) La economía del cuidado: un aporte conceptual para el estudio de políticas públicas. Buenos Aires: CIEPP.
Sørensen E. y J. Torfing (2012) Introduction: Collaborative Innovation in the Public Sector. The Innovation Journal: The Public Sector Innovation Journal, 17 (1), 1-14.
Tobío, C. y Denche, C. (eds.) (1995). El espacio según el género, ¿un uso diferencial? Madrid: DGM.
UNICEF. (2020). Maternidad y paternidad en el lugar de trabajo en América Latina y el Caribe Políticas para la licencia de maternidad y paternidad y apoyo a la lactancia materna. Informe.
Zurbriggen, C., & González Lago, M. (2020). Innovación y co-creación: nuevos desafíos para las políticas públicas. Revista De Gestión Pública, 3(2), 329–361. https://doi.org/10.22370/rgp.2014.3.2.2245.
Notas de autor
Tel: 54-9-351-5123647 Email: paola.bonavitta@gmail.com
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ORCID:
Paola Bonavitta: Consejo
Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas, Córdoba, Argentina.
Gabriela Bard Wigdor: Consejo
Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas, Córdoba, Argentina.
CONTRIBUCIÓN DE LOS AUTORES:
Paola Bonavitta: Conceptualización, Curación de datos, Análisis formal, Adquisición de
fondos, Metodología, Investigación, Administración de proyectos, Recursos, Supervisión,
Validación, Redacción: borrador original, Redacción: revisión y edición.
Gabriela Bard Wigdor: Conceptualización,
Curación de datos, Análisis formal, Adquisición de fondos, Metodología,
Investigación, Administración de
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